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CONTRATO DE SERVICIO de Comunicaciones electrónicas bajo protocolo IP Condiciones Generales de Contratación.

1. OBJETO DEL CONTRATO

De una parte, XTRAIP COMUNICACIONES, S.L., con CIF B-733.79.851 y domicilio social en Avda. Miramar, nº 35 en Fuengirola (Málaga), (en adelante, "XTRAIP", y de otra, el usuario del Servicio (en adelante, el CLIENTE), reconociéndose mutuamente la capacidad legal para contratar y obligarse en las respectivas calidades en que actúan, acuerdan las siguientes Condiciones Generales de Contratación (en lo sucesivo, CGC) aplicables al Servicio de Comunicaciones Electrónicas sobre Protocolo de Internet IP (en adelante el Servicio), previsto en el presente contrato suscrito entre ambas (en adelante, el Contrato). El CLIENTE deberá disponer de domicilio legal dentro del ámbito geográfico desde el que se provea el acceso al servicio y acreditarlo ante XTRAIP como requisito necesario para la contratación del servicio. El referido ámbito geográfico estará, en todo caso, dentro del territorio español.

Este servicio se presta al CLIENTE en calidad de cliente final, para su uso exclusivo, por lo que en ningún caso podrá revender o distribuir el servicio a terceros.

2. DESCRIPCION DEL SERVICIO

2.1. Las presentes CGC regulan la prestación por la cual XTRAIP pone a disposición del CLIENTE el Servicio, consistente en la provisión de un servicio de comunicaciones bajo protocolo IP que permite la realización y recepción de llamadas de voz entre terminales y equipos conectados a redes de datos, y entre estos últimos y los conectados a la Red Telefónica Conmutada.
El Servicio descrito en el párrafo anterior se ofrece en diversas modalidades, de conformidad con la Oferta Comercial específica para cada una de ellas, que se encuentra disponible en la página web de XTRAIP (www.xtraip.com). El CLIENTE declara conocer y aceptar las características del Servicio tal y como aparecen reflejadas en la Oferta Comercial que le resulte de aplicación.
2.2. En el supuesto de que el CLIENTE contrate la modalidad o modalidades que incluyan una tarifa plana en llamadas por una cuota fija mensual, éste podrá realizar todas las llamadas indicadas en la correspondiente Oferta Comercial. El CLIENTE no soportará coste adicional alguno por la utilización del Servicio dentro del horario de validez y del límite de horas, en su caso, incluidos en la modalidad contratada y siempre que lo emplee para realizar llamadas a destinos que se encuentren incluidos dentro de la tarifa plana.
2.3. Adicionalmente, el CLIENTE podrá, en el marco del Servicio, realizar otra serie de llamadas no incluidas en la tarifa plana, si bien estas llamadas serán cobradas a razón de pago por consumo, conforme a las tarifas vigentes (que se encuentra a su disposición para consulta en la web de XTRAIP. El CLIENTE conoce y acepta que la tarifa plana no podrá ser usada por empresas o particulares cuya actividad esté relacionada con servicios del sector de las telecomunicaciones, tales como locutorios, centros de llamadas, plataformas de ventas telefónicas, etc.
2.4. El Servicio XTRAIP la posibilidad de realizar llamadas a determinados números especiales. En el supuesto de que las llamadas a ciertos números especiales y números cortos no puedan cursarse a través de XTRAIP, el CLIENTE podrá realizarlas a través del operador de acceso con el que tenga contratado el servicio telefónico fijo.
2.5. El Servicio XTRAIP, al prestarse como una modalidad de Voz sobre IP, utiliza la numeración específica propia de este servicio.
2.6. El Servicio dispone de una serie de facilidades de administración y gestión accesibles vía Web. A tal efecto, XTRAIP facilitará las correspondientes claves para su acceso. El CLIENTE se compromete a custodiar las claves y a realizar un uso personal de las mismas y, si tuviera conocimiento de que una tercera persona hubiese tenido acceso a las mismas o hubiese accedido al Servicio en su nombre y sin su consentimiento, el CLIENTE deberá de poner esta circunstancia en conocimiento del Servicio de forma inmediata. La no puesta en conocimiento de esta circunstancia por el CLIENTE otorgará a el Servicio la facultad de resolver el contrato de forma unilateral y sin ningún tipo de compensación para el CLIENTE.

3. REQUISITOS PREVIOS A CUMPLIR POR EL CLIENTE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

3.1. El cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan se considerarán como requisitos indispensables para la prestación del Servicio, cuya no concurrencia impide la perfección del presente contrato, teniéndose éste por no celebrado.
3.2 El CLIENTE deberá reunir, como mínimo, las condiciones que se detallan a continuación:
- Acceso a Internet de banda ancha tipo ADSL, cable, Wi-Fi, satélite u otro similar, con una velocidad mínima recomendada de 128 kbps.
- Teléfono analógico o uno de los softphones recomendados, junto con el hardware necesario para emitir y recibir sonido (micrófono, altavoces y tarjeta de sonido).
- Router multipuesto Ethernet, sin tener activo el filtrado de protocolos, bloqueo de puertos o "firewall".
- Adaptador compatible. Un listado de adaptadores compatibles con el Servicio estará a disposición de los CLIENTES del Servicio a través de la página web.
3.3. El Servicio es compatible con el direccionamiento IP privada, pública, fija o dinámica y no requiere que el ordenador esté encendido para que el CLIENTE pueda cursar llamadas. Asimismo, el Servicio permite navegar por Internet y hablar de forma simultánea.

4. ALTA EN EL SERVICIO

Para la prestación del Servicio, el CLIENTE conoce y acepta que deberá proceder a la activación del mismo en la página web que el Servicio ha habilitado para tal fin. La fecha de activación del Servicio será considerada, a todos los efectos, como la fecha de entrada en vigor de las presentes CGC.

5. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

5.1. El CLIENTE deberá abonar a XTRAIP una cantidad por la prestación del Servicio, según lo establecido en la Cláusula 9 de las presentes CGC.
5.2. En el caso de que se produzca cualquier variación en los datos proporcionados por el CLIENTE a XTRAIP, la misma deberá ser inmediatamente comunicada.
5.3. Este contrato celebrado entre las Partes es personal, no pudiendo cederse a terceras personas sin el previo y expreso consentimiento de XTRAIP. El CLIENTE es el único responsable de la utilización del Servicio de acuerdo con la legislación vigente y con las presentes CGC, debiendo controlar el uso que del mismo hagan las personas a su cargo, así como cualquier persona a la cual hubiera autorizado a usar el mismo.
5.4. El CLIENTE conoce y acepta el hecho de que los datos que se transmiten por la red de Internet no se benefician de ninguna protección, pudiendo la utilización del Servicio presentar riesgos (poco probables pero existentes) de interceptación por terceros mientras estos se transportan desde el Adaptador hasta la red de el Servicio.
5.5. Desde la fecha de Activación del Servicio, el CLIENTE conoce y acepta que contrata la prestación del Servicio por un período de duración inicial de DOCE meses. El CLIENTE deberá abonar las cantidades debidas por el Servicio conforme éstas se encuentran definidas en la Oferta Comercial con arreglo a la cual el CLIENTE ha contratado el Servicio.
5.6. El CLIENTE conoce y acepta las limitaciones técnicas propias de la Telefonía IP frente a la telefonía convencional. En particular, el Servicio no garantiza la disponibilidad de servicios de fax, datáfono, acceso a Internet, SMS. El CLIENTE podrá acceder a los servicios de emergencias (a través del número 112) siempre que concurran las circunstancias técnicas adecuadas para ello. El CLIENTE asume que la calidad del servicio depende del servicio soporte de banda ancha y de la disponibilidad de la red IP. Por consiguiente, El Servicio se compromete a prestar el Servicio de modo diligente, dentro de las mencionadas limitaciones técnicas. A este respecto, el servicio prestado por el Servicio tiene la consideración de SCE (Servicio de Comunicaciones Electrónicas) según las últimas recomendaciones efectuadas por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y reguladas por la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por lo que se diferencia del STDP (Servicio Telefónico Disponible al Público) tradicional y no tiene la consideración de servicio telefónico universal o convencional.
5.7. El CLIENTE conoce y acepta que, en el supuesto de que escoja la opción del kit asociado al Servicio, el mismo vendrá preconfigurado para su uso. Si para la adecuada prestación del Servicio fuese necesario algún tipo de hardware y/o software adicional, salvo pacto en contrario, éste correrá a cargo del CLIENTE.
5.8. El CLIENTE conoce y acepta que, el Servicio, dispone de una dirección SIP para la recepción de comunicaciones en redes de datos. Esta dirección SIP tiene el formato "idusuario@voip.xtraip.com" siendo "idusuario" una identificación privada asignada por el Servicio al CLIENTE durante la vigencia del presente Contrato entre las Partes.
5.9. El CLIENTE conoce y acepta que, mediante la tecnología "SIP", las llamadas originadas en la red telefónica pública dirigidas al rango de numeración subasignado a el Servicio van a ser transferidas a las direcciones SIP contratadas por el CLIENTE. De este modo, el CLIENTE podrá recibir comunicaciones originadas en la red telefónica utilizando el Servicio como prestador de Servicio de VozIP. Para ello, el Servicio tiene subasignados distintos rangos de numeración y ha reservado para el CLIENTE un número de nueve dígitos para cada dirección del CLIENTE "idusuario@voip.xtraip.com" como parte de las funcionalidades del servicio y siempre y cuando el cliente haya contratado dicha numeración.
5.10. El CLIENTE podrá hacer uso del Servicio prestado desde accesos distintos al indicado en el formulario de contratación. A pesar de ello, el CLIENTE conoce y acepta que, en el supuesto de que realice una llamada de emergencia al número 112 o a servicios de emergencia análogos, el Servicio trasladará esta comunicación al centro de emergencias más cercano del domicilio que el CLIENTE detalló en el proceso de contratación, independientemente del lugar desde donde realice la llamada. Y ello cumpliendo con la normativa dictada por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
5.11. El CLIENTE entiende y acepta que el Servicio no es responsable de las pérdidas o daños, incluyendo el lucro cesante, que tuviera que soportar el CLIENTE por fallos o caídas en las estructuras de telecomunicaciones que sean de responsabilidad ajena a el Servicio.
5.12. El CLIENTE entiende y acepta que el Servicio no tiene control sobre el acceso al Protocolo de Internet (IP) por parte de personas que intenten violar la seguridad de la/las red/redes de el Servicio o del CLIENTE y, en consecuencia, mantendrá a El Servicio exento de cualquier responsabilidad por actos de esta naturaleza. Los 'carriers' o las agencias nacionales de reglamentación extranjeras pueden imponer determinadas limitaciones o restricciones a los servicios o infraestructuras internacionales que pueden redundar en la capacidad de uso del Servicio por parte del CLIENTE, que las acepta entendiendo que se encuentran fuera del control de el Servicio.

6. OBLIGACIONES DEL SERVICIO

6.1. A partir de la fecha de Activación del Servicio, estará obligado a:
a) Prestar al CLIENTE el Servicio de VozIP y funcionalidades avanzadas recogidas en las presentes CGC.
b) Emitir la factura correspondiente a la prestación del Servicio miVoz.net, según lo establecido en la Cláusula 9 de las presentes CGC.
c) Prestar el servicio de Atención al Cliente a través del número 902022233.
d) Mantener el Servicio operativo para su utilización las 24 horas del día, salvo las interrupciones temporales debidas a operaciones de mantenimiento del mismo. Dichas interrupciones serán comunicadas, en la medida de lo posible, con antelación suficiente al CLIENTE. La anterior obligación no será exigible a el Servicio en caso de fuerza mayor o si se produce una caída de la red telefónica que sirve de base para la prestación del mismo, y la misma se encuentra fuera de su control. El Servicio no puede garantizar el acceso continuado e ininterrumpido al CLIENTE al depender el suministro de la infraestructura de red de terceros operadores fuera del ámbito de control de el Servicio.
e) Mantener y garantizar el secreto en las comunicaciones, dentro de las mencionadas limitaciones técnicas, salvo requerimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, en cuyo caso, se reserva el derecho de facilitar la información requerida por las mismas sin previo aviso al CLIENTE.
6.2. El Servicio se obliga a atender las reclamaciones sobre el funcionamiento, precio, facturación, calidad y cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con el Servicio. Las mismas deberán ser dirigidas a el Servicio en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que las motive, poniéndose en contacto con el Servicio de Atención al CLIENTE, bien a través del teléfono en el número 902022233 bien por escrito dirigido al domicilio social de "XTRAIP". Formulada la reclamación, si el CLIENTE no hubiera obtenido respuesta satisfactoria del Servicio en el plazo de un mes, podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras la reclamación se esté substanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a "XTRAIP". El CLIENTE tiene derecho a obtener un documento acreditativo del contenido de su reclamación así
6.3. XTRAIP no se compromete a garantizar una calidad mínima respecto a los servicios que se presta. El Servicio no puede garantizar que el CLIENTE podrá comunicarse siempre con otros usuarios ni que podrá hacerlo sin interrupciones, demoras u otros fallos afines a las comunicaciones realizadas mediante el Servicio.

7. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

7.1. Salvo dolo o mala fe, ni el XTRAIP ni cualquiera de sus directivos, consejeros, empleados o agentes serán, en ningún caso, responsables frente al CLIENTE por cualesquiera pérdidas o daños indirectos, especiales, punitivos, incidentales o derivados, incluyendo, sin limitación, pérdida de beneficios y/o datos o el coste de sustitución de bienes o servicios relacionados con los Servicios del presente Contrato.
7.2. En todo caso, la responsabilidad máxima de XTRAIP, en virtud del presente Contrato, no superará el monto total de cuotas efectivamente desembolsadas por el CLIENTE desde el inicio de la relación entre las Partes.

8. DURACIÓN DEL CONTRATO Y GARANTÍA DEL SERVICIO

8.1. El presente Contrato tendrá una duración inicial de DOCE meses ('Periodo Inicial') a partir de la Fecha de Activación del Servicio, renovándose automáticamente a su vencimiento por periodos anuales, salvo notificación en contra por parte del CLIENTE con al menos quince días de antelación a la fecha de renovación. El CLIENTE podrá, en cualquier momento, solicitar la baja voluntaria en el Servicio mediante notificación por escrito con carta certificada a la atención del Departamento de Atención al CLIENTE del Servicio dirigida al domicilio social de XTRAIP, adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad, con una antelación de, al menos, quince días a la fecha efectiva de baja.
8.2. El Servicio ofrece un periodo de garantía de un mes, que permite al CLIENTE darse de baja del Servicio, con reembolso del importe de la primera cuota mensual.

9. CONDICIONES ECONOMICAS Y FACTURACION

9.1. El Servicio cobrará al CLIENTE por la prestación de los Servicios las tarifas que en cada momento el Servicio tenga vigentes, y que el CLIENTE declara conocer y aceptar a través de la Oferta Comercial realizada y actualizada por el Servicio. Si durante el periodo contractual el Servicio modificara las tarifas correspondientes en función de cambios en la legislación aplicable al Servicio o en su estrategia comercial, el Servicio se obliga a comunicarlo, con treinta días de antelación, al CLIENTE, mediante la inclusión de las citadas modificaciones en la página web que el Servicio ha habilitado para el Servicio. Se entenderán aceptadas las mismas si el CLIENTE no comunica su no aceptación de las nuevas tarifas en el plazo de TREINTA días desde esa modificación.
9.2. El CLIENTE se compromete al pago de las siguientes cantidades:
(I) La cuota fija mensual, que incluye la prestación del Servicio miVoz.net en la modalidad de tarifa plana 24 horas para las llamadas indicadas en la Oferta Comercial y que ha sido elegida por el CLIENTE en el proceso de contratación. La citada cuota fija mensual será facturada por el Servicio al inicio de cada mes de utilización del Servicio y será abonada por el CLIENTE, por defecto, mediante domiciliación bancaria. EL CLIENTE podrá ponerse en contacto con el servicio de Atención al CLIENTE para modificar el medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico mercantil. La primera cuota fija mensual será prorrateada tomando como fecha de inicio el día de activación del servicio en la página web de XTRAIP. En este caso el Servicio facturará la cuota prorrateada durante los días inmediatos a su activación.
(II) Una cuota variable por el consumo de las llamadas no incluidas en la tarifa plana del Servicio. Los precios por establecimiento de llamada, así como los precios por minuto y/ó segundo de consumo en función del horario de realización de las llamadas serán las que se establezcan para cada Oferta Comercial en las tablas de tarifas publicada por el Servicio en cada momento a través de la página web habilitada al efecto. La cuota variable será facturada por XTRAIP por meses vencidos coincidiendo con la fecha de facturación de la cuota fija mensual y será abonada por el CLIENTE en la forma establecida en el punto 9.2. (I).No obstante lo indicado en el párrafo anterior, cuando el nivel de consumo de las llamadas no incluidas en la tarifa plana del Servicio exceda, durante el mes objeto de facturación, de un determinado importe que será comunicado por el XTRAIP al CLIENTE con la debida antelación, XTRAIP se reserva el derecho a expedir una factura adicional por dicho consumo, y ésta deberá ser abonada por el CLIENTE con anterioridad a la Fecha de Vencimiento de la factura.
9.2. Todos los cargos por los Servicios prestados en virtud del presente Contrato serán abonados por el CLIENTE a "XTRAIP" sin necesidad de reclamación. Por defecto, el CLIENTE proveerá a XTRAIP un número de cuenta bancaria en la cual serán cargados los montos facturados. El CLIENTE se compromete a comunicar la domiciliación de los servicios del Servicio a su entidad bancaria y a mantener la citada cuenta con fondos suficientes para cubrir los pagos.
9.3. Cualquier cantidad no recibida por el XTRAIP en la Fecha de Vencimiento de la factura se considerará vencida. Por cualquier cantidad vencida se devengará el interés legal de demora vigente al momento de su vencimiento, interés que se acumulará mensualmente. Los intereses continuarán devengándose sin perjuicio de la terminación o resolución de este Contrato por cualquier motivo. El CLIENTE deberá abonar a XTRAIP, asimismo, los honorarios de abogados y otros gastos en los que haya incurrido el Servicio para llevar a cabo las gestiones y acciones de cobro de los importes vencidos y no satisfechos.
9.4. En el supuesto de impago de alguna factura o del importe no reclamado de una factura por el CLIENTE a la Fecha de Vencimiento, XTRAIP podrá suspender la prestación del Servicio, previo aviso, sin perjuicio de que, junto con las cantidades impagadas, se devenguen asimismo los intereses de demora. Los Servicios no serán restablecidos en tanto en cuanto el CLIENTE no proceda al pago de la totalidad de las cantidades adeudadas, incluidos intereses de demora y honorarios de abogados u otros gastos relativos al cobro en los que el Servicio haya incurrido.
9.5. XTRAIP, de conformidad con la legislación vigente, podrá solicitar al CLIENTE la constitución de un depósito de garantía, tanto en el momento de la contratación, como en cualquier momento de la vigencia del contrato en los supuestos en los que (I) el CLIENTE hubiera dejado impagadas una o varias facturas relativas a otro u otros contratos anteriores o vigentes con XTRAIP o con cualquier otro operador (II) si el CLIENTE incurriese de modo reiterado en retraso en el pago de las facturas que está obligado abonar por la prestación del Servicio. La constitución del depósito de garantía, en su caso, deberá realizarse en efectivo o mediante aval bancario y su importe será facilitado por el XTRAIP al CLIENTE en el momento de requerimiento del depósito de conformidad con la legislación vigente.
Si el CLIENTE no constituye el depósito de garantía que corresponda en el plazo de los quince días siguientes al requerimiento fehaciente por parte de el XTRAIP, este último se encontrará facultado para suspender el Servicio. Si transcurrido un nuevo plazo de diez días desde un segundo requerimiento, el CLIENTE no constituyese el depósito, XTRAIP podrá darle de baja en el Servicio. XTRAIP procederá a la devolución del depósito en el plazo de quince días a contar desde aquel en que se cumplan las circunstancias establecidas a continuación: (I) a partir del momento en que quede acreditado que en el plazo de un año no ha existido ningún retraso en el pago y (II) a partir del momento en que el XTRAIP tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas por el CLIENTE.
9.6. Si el pago de las cantidades debidas por el CLIENTE a XTRAIP (incluyendo los intereses moratorios) se realizase con posterioridad a la suspensión del servicio, XTRAIP se reserva el derecho a dar nuevamente de alta al CLIENTE que lo solicite.
9.7. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria, el CLIENTE podrá reclamar en caso de desacuerdo con el importe total o parcial incluido en una factura emitida por el Servicio. A tal efecto, el CLIENTE deberá notificar por escrito mediante la remisión de una carta certificada a XTRAIP detallando el precio discutido y proporcionando la documentación necesaria para resolver la reclamación dentro de los treinta días siguientes a la fecha de vencimiento de la factura correspondiente. Transcurrido el citado período de tiempo, los conceptos facturados tendrán el carácter de firmes en ausencia de error manifiesto. El CLIENTE acepta que la realización de cualquier reclamación por su parte no le exime de la obligación de realizar todos los pagos en la Fecha de Vencimiento de la factura o de las siguientes facturas que se generen en virtud de la prestación del Servicio. En el supuesto de que, en virtud de la revisión de las cantidades, XTRAIP acepte la reclamación del CLIENTE, el primero procederá a descontar la cantidad indebida o erróneamente facturadas en la factura del mes inmediatamente posterior.

10. SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

El Servicio ofrece un servicio telefónico de Atención al CLIENTE (902022233), para la resolución de dudas y preguntas sobre el Servicio. El horario de atención es de 8 a 20 horas de lunes a viernes. También se ofrece un servicio de ayuda online a través de la página web, y una dirección de correo electrónico soporte@xtraip.com para incidencias, y una para consultas info@xtraip.com

11. RESOLUCIÓN

11.1. El CLIENTE estará habilitado para resolver anticipadamente el Contrato por los siguientes motivos: (I) el incumplimiento por parte XTRAIP de una obligación esencial en virtud del presente Contrato, si dicho incumplimiento no fuera subsanado en el plazo de TREINTA días desde la recepción de la notificación por escrito del mismo; (II) la liquidación de el Servicio o el cese de sus actividades empresariales. (III) si se extinguiera o revocara cualquier título habilitante de XTRAIP necesario para el cumplimiento de los términos y condiciones previstos en este Contrato. (IV) en el caso de una Modificación de Regulación del tipo descrito en la Cláusula 13. (V) si XTRAIP modifica las presentes CGC o tarifas aplicables al Servicio. (VI) por su propia voluntad, comunicándolo por escrito con una antelación de QUINCE días naturales al momento en que haya de surtir efectos.
Sin perjuicio de lo anterior, el CLIENTE podrá resolver el Contrato de Servicio en cualquier momento, con un preaviso de 15 días desde la fecha en la que el CLIENTE desee que se haga efectiva la baja.
11.2. En el supuesto de que el CLIENTE se haya dado de alta en el Servicio a través de la página web o telefónicamente, podrá desistir libremente del Contrato dentro del plazo de siete días hábiles a partir del día de la recepción del Contrato.
11.3. XTRAIP podrá resolver el presente Contrato o suspender el Servicio si: (I) se produce un incumplimiento por parte del CLIENTE de una obligación esencial en virtud del presente Contrato, distinta de la obligación de pago, siempre que dicho incumplimiento no fuera subsanado por el CLIENTE en el plazo de TREINTA días desde la recepción de la notificación por escrito del mismo; (II) se produce el impago del CLIENTE (III) el CLIENTE realiza una cesión de bienes en beneficio de acreedores, designa un administrador para la gestión de sus negocios en protección de sus acreedores o se ve sometido a un proceso de quiebra; (IV) XTRAIP lo considera necesario para impedir una conducta del CLIENTE que: a) suponga un fraude o acto ilegal referido al contenido del presente Contrato; y/o b) cause daños en la red de XTRAIP o perturbe su funcionamiento y/o la prestación de los Servicios del Servicio al CLIENTE o a terceros; (v) se produjera una Modificación de Regulación del tipo descrito en la Cláusula 14.
11.4. XTRAIP podrá cargar una cuota en concepto de reconexión al Servicio al CLIENTE que decida volver a contratar el Servicio VozIP y haya incurrido en alguna de las conductas referidas en el apartado anterior.
11.5. La resolución del presente Contrato no eximirá al CLIENTE de su obligación de pagar cualesquiera cargos incurridos a tenor del presente Contrato con anterioridad a su resolución.

12. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, XTRAIP informa al CLIENTE de que sus datos serán incorporados a un fichero automatizado, cuya titularidad y responsabilidad es ostentada por XTRAIP y que ha sido correctamente notificado a la Agencia Española de Protección de Datos, con la única finalidad de mantener la relación contractual relativa al Servicio y para poder facturar al CLIENTE de acuerdo con la modalidad de contrato suscrito. Asimismo, XTRAIP podrá remitir al CLIENTE información sobre productos y servicios que pudieran resultarle de interés.
Dichos datos no serán cedidos por XTRAIP a otras empresas, sin el consentimiento previo del CLIENTE. XTRAIP garantiza que mantendrá la confidencialidad de los datos proporcionados, y que no se usarán para fines distintos a los ya expresados. Para cualquier otra utilización de los datos del CLIENTE, XTRAIP requerirá previamente su consentimiento.
Para ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, el CLIENTE deberá remitir un escrito firmado por el titular de los datos al domicilio social de XTRAIP, indicado en la cláusula PRIMERA del presente contrato, adjuntando copia del Documento Nacional de Identidad.

13. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

XTRAIP es propietario de todos los derechos de copia, marcas, derechos de propiedad intelectual, know-how o cualesquiera otros derechos relacionados con el Servicio o con el Software necesario para la prestación del Servicio objeto del presente Contrato. El CLIENTE no adquiere derecho ni licencia alguna, cualquiera que sea su naturaleza, bajo este Contrato, salvo la propia prestación del Servicio.

14. MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO

14.1. XTRAIP podrá, en cualquier momento, modificar las presentes CGC o introducir nuevas condiciones de uso, bastando para ello comunicarlo en la Página web del Servicio con un preaviso de treinta días. Dichas modificaciones sólo serán de aplicación a partir de su entrada en vigor y el CLIENTE tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización alguna en el caso de no aceptación de las nuevas condiciones, notificándolo de forma fehaciente a XTRAIP con un preaviso de 15 días desde la fecha en la que desee la baja efectiva en el Servicio.
14.2. En el supuesto de que sobrevenga una acción regulatoria, medida legal o reglamentaria que, a juicio razonable de XTRAIP, prohíba, restrinja sustancialmente o haga comercialmente inviable la prestación de los Servicios objeto del presente Contrato, XTRAIP estará habilitada para: (I) modificar los Servicios o los términos y cláusulas del presente Contrato con la finalidad de adaptarse a la nueva situación, (II) resolver el Contrato. XTRAIP estará exento de cualquier responsabilidad derivada de las acciones descritas en estas cláusulas, siempre que publique las modificaciones en la Página web del Servicio, con una antelación mínima de TREINTA días a la fecha en la que dichas modificaciones deban entrar en vigor.
14.3. En el caso de que se produzcan modificaciones del Servicio o de las CGC, y el CLIENTE no manifestase su oposición por escrito a estos cambios en el plazo establecido en el apartado anterior y continúe haciendo uso del Servicio, se entenderán aceptadas las nuevas condiciones y en vigor el Contrato.

15. NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, incluidos los escritos de comunicación de baja del CLIENTE en el Servicio, deberán ser enviados a XTRAIP en su domicilio social indicado al inicio.

16. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

16.1. El presente Contrato, así como la validez y ejecución del mismo, se interpretará y ejecutará de conformidad con las leyes españolas.
16.2. Las Partes someterán sus controversias a la Junta Arbitral de Consumo que se corresponda con la del lugar de residencia del CLIENTE, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles, de conformidad con las normas reguladas por la Ley de Arbitraje 60/2003, de 23 de diciembre y por el Real Decreto 636/1993 de 2 de mayo, por el que se regula el sistema arbitral de consumo.
16.3. Para el caso de que el arbitraje no llegara a realizarse por mutuo acuerdo o fuese declarado nulo, ambas partes se someterán a los Juzgados y Tribunales del domicilio legal del CLIENTE. El CLIENTE deberá disponer de domicilio legal dentro del ámbito geográfico desde el que se provea el acceso al servicio. El referido ámbito geográfico estará, en todo caso, dentro del territorio español.
16.4. En el supuesto de que cualquier disposición de este Contrato fuese declarada total o parcialmente nula, inválida o ineficaz con motivo de una modificación legislativa, tal disposición será redactada de nuevo para reflejar, en la medida de lo posible, la intención original de las Partes de conformidad con la ley aplicable, permaneciendo el resto del Contrato en pleno vigor y total efectividad.



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